Muchas veces os habréis preguntado
¿Qué pasa si tengo un accidente en la calle, por estar mal señalizado o por mal estado de conservación de la calle?
Pues bien, en este artículo os explicaremos cuando podemos y cómo reclamar los perjuicios sufridos cuando tenemos un accidente en la vía pública, además también disponéis de más información en este apartado de la web donde se habla de Indemnización por caídas en via pública.
¿Cuándo podemos reclamar?Indemnización por caída en la calle. Cuando y cómo reclamar.
Si tenemos una caída por estar el suelo de la calzada o de la acera mojado o en mal estado de conservación, o por no estar debidamente señalizado, es en estos casos cuando se pueden reclamar los daños y perjuicios sufridos al causante.
Los casos más típicos son mal estado de las aceras o baldosas rotas, agujeros en alcantarillas o aceras produciendo una fuerte caída y por tanto implica meter el pie dentro sin darse cuenta provocando daños como rotura de tobillo, pie etc…
También la suciedad en la calle y que el Ayuntamiento no se haga responsable de mantener las calles limpias puede ocasionar la caída de personas que no se dan cuenta y puedan caer al suelo.
Otros aspectos son lugares mal señalizados o señales erróneas puestas en el lugar que dan lugar a confusión, falta de señalización o mala señalización en obras varias, poca luz de noche en algunas zonas, todos estos factores pueden causar un accidente a los peatones.
¿Quién es el causante?
Salvo que el mal estado sea consecuencia de la actuación de una empresa privada, en el 99% de los casos la responsabilidad es del Ayuntamiento de la localidad donde ocurra el accidente, y es a él a quien hay que reclamar.
¿Qué plazo tengo para reclamar?
El plazo para realizar la reclamación de los daños y perjuicios sufridos es de 1 año desde el accidente, o en caso de lesiones personales, 1 año desde el alta de las lesiones, no obstante, este plazo es de interrupción y comunicando al ayuntamiento la voluntad de reclamar, dispondremos de 1 año más desde que lo comuniquemos, y así sucesivamente.
¿Dónde presentamos la reclamación?
La reclamación para comenzar el trámite se presenta o bien vía instancia general en el Ayuntamiento, se presenta ante el Registro General del Ayuntamiento y éste lo envía al Registro de Reclamaciones o bien de forma telemática.
Hay que poner la siguiente información:
- Lugar, fecha y hora de cuando ha sucedido el accidente
- Describir lo que ha sucedido
- Por que motivo se ha generado
- Si hay parte de la policía o ha mediado en el accidente
¿Qué plazo tiene el ayuntamiento para responder?
Legalmente los Ayuntamientos tienen un plazo de 6 meses para responder, no obstante, en la práctica, dichos plazos se demoran bastante más, llegando incluso al año y medio según el ayuntamiento.
Por tanto, si tienes una caída en la vía pública, no dudes en contactar con Trafic Abogados para que te asesoremos ya que es lo mejor, te ponemos al día de todo lo relacionado con tu caso y cómo reclamar la mejor indemnización para ti.
Puedes ponerte en contacto mediante este FORMULARIO o por teléfono 651980414 y por whatsapp 651980414.