¿Tienes un vehículo afectado por la DANA? Descubre qué puedes reclamar
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Si tu vehículo ha resultado dañado a raíz de la DANA, es importante que sepas qué puedes reclamar y bajo qué condiciones. Aquí te explicamos todo lo que necesitas saber para gestionar correctamente la indemnización a través del Consorcio de Compensación de Seguros.
¿Qué determina la indemnización del Consorcio?
La indemnización que ofrece el Consorcio depende de varios factores clave:
- Que el bien afectado esté asegurado.
- Las condiciones de la póliza de seguro, incluyendo el tipo de bien asegurado, el capital asegurado y las cláusulas específicas de la póliza (como por ejemplo, la inclusión de los accesorios del vehículo, el importe de indemnización por el vehículo si resulta siniestro total atendiendo a la antigüedad del mismo…)
- La valoración de los daños realizada por el perito del Consorcio.
- La franquicia, que es un importe establecido por la legislación que puede variar dependiendo del tipo de bien asegurado.
Es importante destacar que, en el caso de vehículos, viviendas y comunidades de propietarios, la franquicia ha sido eliminada. Sin embargo, en comercios, oficinas e industrias, sigue siendo aplicable.
¿Cómo se calcula la indemnización cuando el bien dañado es un vehículo?
Cuando se trata de vehículos, la indemnización se determina según dos criterios principales:
- El coste de la reparación necesaria.
- El valor venal (valor en venta o valor del mercado) del vehículo en el momento anterior al siniestro.
Si el coste de la reparación supera el valor venal, habitualmente las pólizas establecen que el Consorcio abonará el valor venal, deduciendo el valor de los restos del vehículo. Si, por el contrario, el importe de la reparación no supera el valor venal, se pagará el importe total de la reparación.
¿Aplica el Consorcio alguna franquicia en el caso de vehículos?
No, el Consorcio no aplica ninguna franquicia cuando los daños son sobre vehículos, incluso si tu póliza incluye una franquicia para riesgos ordinarios.
¿Qué tipo de seguro necesito para que el Consorcio indemnice los daños de mi vehículo?
Para poder acceder a la indemnización del Consorcio, debes tener contratado un seguro con cobertura de daños propios, como un seguro a todo riesgo, rotura de lunas, robo o incendio. Si solo cuentas con el Seguro Obligatorio del Automóvil (S.O.A.) o cobertura de daños a terceros, no estarás cubierto para los daños propios de tu vehículo, ya que este seguro solo cubre los daños que tu vehículo pueda causar a otras personas. Desde julio de 2016, las pólizas de automóviles que solo cubren responsabilidad civil también incluyen el recargo de riesgos extraordinarios, lo que garantiza la cobertura de estos riesgos.
En relación a la indemnización que abona el Consorcio ¿Qué sucede si el coste de la reparación supera el valor venal del vehículo? ¿Y si el siniestro es total?
Una vez finalizada la labor del perito, cuando el importe de la reparación supera el valor venal (valor venal = valor en venta, según el diccionario; corresponde al valor que podrá obtenerse por el vehículo si se pusiera a la venta, por lo que es un valor distinto e inferior al valor de compra), en la mayoría de las pólizas se establece que se abonará el valor venal con deducción del valor de los restos del vehículo.
¿Pero qué dice la ley sobre qué es lo que garantiza el Consorcio?
Dice el Real Decreto 300/2004, de 20 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento del seguro de riesgos extraordinarios, en su artículo 4.b), que cuando los vehículos únicamente cuenten con una póliza de responsabilidad civil en vehículos terrestres automóviles, la cobertura de riesgos extraordinarios por el Consorcio de Compensación de Seguros garantizará el valor del vehículo en el estado en que se encuentre en el momento inmediatamente anterior a la ocurrencia del siniestro según precios de compra de general aceptación en el mercado.
¿Puedo llevar mi vehículo a cualquier taller?
Sí, el Consorcio no tiene talleres concertados, por lo que puedes llevar tu vehículo al taller de tu elección. Además, el Consorcio cubre el coste del traslado del vehículo en grúa, siempre que el traslado se haga desde el lugar del siniestro a un taller razonablemente cercano.
No estoy de acuerdo con la valoración del perito del Consorcio, ¿qué puedo hacer?
Si consideras que la valoración realizada por el perito del Consorcio no es correcta, puedes contratar a un perito independiente para que haga su propia valoración. Deberás comunicar la contratación de este perito tanto al perito del Consorcio como a la Delegación Territorial correspondiente. Ten en cuenta que los honorarios del perito independiente correrán a tu cargo, pero a partir de ese momento, los peritos trabajarán conjuntamente.
¿Puedo llevar las mercancías siniestradas al vertedero antes de la visita del perito?
Es recomendable que los bienes siniestrados permanezcan disponibles para la valoración del perito del Consorcio, tal y como indican todas las pólizas de seguro. Si necesitas retirar los restos a un vertedero antes de la visita del perito, asegúrate de tomar fotografías y/o levantar un acta notarial del proceso. Si una autoridad te ordena retirar los bienes, procura obtener un certificado o acta descriptiva de la operación realizada.
Conclusión
Si tu vehículo ha sufrido daños debido a la DANA, es esencial entender cómo funciona la indemnización a través del Consorcio de Compensación de Seguros. Sigue estos pasos y asegúrate de tener toda la documentación y la cobertura necesaria para hacer valer tu derecho a una indemnización justa.
Recuerda que cada caso es único, por lo que si tienes dudas, siempre es recomendable contactar con un profesional o perito que pueda asesorarte de manera específica para tu situación.