Accidente marítimos y tipos de barcos ¿Cuando se producen más estos accidentes?
En España se dan en ocasiones accidentes marítimos, sobre todo durante los meses de primavera y verano que son cuando más desplazamientos por este medio de transporte se llevan a cabo. Para poder explicar el procedimiento en caso de sufrir un accidente a bordo, es fundamental distinguir entre los diferentes barcos con los que nos podemos encontrar:
- En términos generales, se llama barco a todo objeto flotante que tenga una longitud mínima de 2`5 metros por lo que dentro de ella se pueden incluir el resto de definiciones. Respecto a estos, los podemos dividir según su finalidad.
- En primer lugar, los yates y embarcaciones son aquellos destinados principalmente al recreo, aunque estos últimos también se pueden usar como barcos de pesca o barcos pequeños.
- En segundo lugar, encontramos los buques, cuya longitud supera los 24 metros y son aquellos empleados como barcos mercantiles y/o militares.
¿Como se regulan este tipo de accidentes cuando suceden?
Los accidentes marítimos se encuentran regulados dentro del derecho marítimo en la Ley 14/2014 de 24 de julio donde además viene definido el concepto de accidente marítimo como una serie de acontecimientos dentro de un buque o una embarcación que han provocado:
- La muerte o lesiones graves de una persona
- La pérdida de una persona que estuviera a bordo
- La pérdida, presunta pérdida o abandono de un buque
- Daños materiales graves sufridos por un buque
- La avería importante de un buque, o el hecho de que se vea envuelto en un abordaje
- Daños materiales causados en la infraestructura marítima ajena al buque que representen una amenaza grave para la seguridad del buque, de otro buque, o de una persona
- Daños graves al medio ambiente, o la posibilidad de que se produzcan daños graves para el medio ambiente, como resultado de los daños sufridos por un buque o buques.
¿Disponen de seguro de Responsabilidad civil estas embarcaciones?
Además, desde el 1 de julio de 1999, es obligatorio disponer de un seguro de responsabilidad civil para las embarcaciones de recreo, en las que se incluyen las motos náuticas. Para saber más sobre la regulación legal del seguro de embarcaciones de recreo, tendremos que acudir a la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de contrato de seguro.
¿Sabes que tienes derecho a recibir una indemnización si sufres un accidente marítimo?
Si sufre lesiones en un accidente marítimo, tiene derecho a recibir una indemnización del transportista o su aseguradora. En caso de fallecimiento, podrán recibirla los herederos. No te olvides, de que también tienes derecho a que el/la transportista te indemnice en caso de que tú equipaje haya sufrido algún tipo de daño o lo hayan perdido, lo mismo sucede para el resto de tus pertenencias.
La manera en la que se indemnizan estas pérdidas viene regulada en el Reglamento Europeo nº 392/2009 sobre la responsabilidad de los transportistas de pasajeros por mar en caso de accidente. Básicamente, se hace a través del DEG (Derechos Especiales de Giro), que es una cartera de monedas fuertes utilizadas en el comercio internacional y las finanzas por los miembros del FMI (Fondo Monetario Internacional). Así pues, 1DEG = 1,206 EURO.
¿Donde se puede reclamar la indemnización?
Los lugares donde puedes reclamar la indemnización al tribunal de un país son donde el transportista tenga su establecimiento o sede principal, también en el lugar de partida o de destino del barco o donde se haya contratado el viaje, siempre y cuando el país esté sujeto a su jurisdicción.
Por último, en caso de sufrir daños o la pérdida del equipaje, debes informar por escrito al transportista, el mejor momento para hacer esto es al desembarcar o al final, cuando se entrega el equipaje. Como muy tarde, hay un plazo de 15 días desde el desembarque o entrega de equipaje, si no, se perderá el derecho a una indemnización. Por lo general, se dispone de un plazo de dos años para entablar una acción ante los tribunales, aunque la fecha exacta de inicio de ese plazo puede variar en función de la naturaleza de la pérdida o los daños sufridos.