¿De que se encarga el Consorcio de Compensación de Seguros en casos de inundación?
El Consorcio de Compensación de Seguros, se encargará de gestionar y pagar las indemnizaciones a los asegurados cuyos bienes hayan sido dañados por esta inundación extraordinaria, reconocida oficialmente como un “riesgo extraordinario”. La cobertura incluye:
- Daños personales sufridos por los asegurados.
- Daños en bienes asegurados, incluyendo:
- Viviendas y comunidades de propietarios
- Vehículos automóviles
- Locales de oficina y establecimientos comerciales o de servicios
- Industrias, obras civiles e infraestructuras, tanto de propiedad privada como pública
Además, se cubren tanto los daños materiales directos como los daños inmateriales, tales como pérdidas de alquileres o ingresos derivados de la inhabilitación de propiedades o interrupciones de actividades comerciales.
Si los daños son personales, fallecimiento; invalidez permanente, parcial, total o absoluta; o incapacidad temporal, o de pérdida de beneficios, la comunicación de daños deberá hacerse por escrito.¿Cuánto tiempo tarda el Consorcio en pagar las indemnizaciones?El Consorcio suele realizar el pago en menos de 30 días una vez aceptados los daños.
Requisitos para Acceder a la Cobertura
Para poder recibir la indemnización, es indispensable que los afectados tengan su seguro en vigor al momento del desastre. Los asegurados deben presentar una solicitud de indemnización al CCS, la cual puede gestionarse de manera sencilla mediante los siguientes métodos:
- Teléfono: Llamando al centro de atención telefónica del CCS (900 222 665), donde podrán registrar sus datos y detalles sobre los daños.
- Internet: A través de la página web del CCS (www.consorseguros.es), donde pueden cumplimentar su solicitud de manera directa.
Procedimiento para las Solicitudes de Indemnización
El CCS recomienda realizar la solicitud de indemnización por teléfono o a través de su web, ya que ambos métodos permiten el registro inmediato de la solicitud en su sistema. Es importante destacar que no es necesario acudir presencialmente a oficinas del CCS ni a otros organismos públicos, ya que estos no cuentan con sistemas de registro inmediato.
Plazo para la Presentación de Solicitudes
El CCS ha aclarado que registrará y gestionará todas las solicitudes recibidas, incluso si han pasado más de siete días desde la fecha del desastre, ampliando así el plazo habitual para asegurar que ningún afectado quede sin cobertura.
Para obtener más información o resolver dudas sobre este proceso, los interesados pueden comunicarse con el Consorcio de Compensación de Seguros a través de los canales mencionados. El Consorcio reitera su compromiso de brindar apoyo y asistencia a todos los asegurados afectados durante este difícil proceso de recuperación.