- Si tengo un accidente ciclista ¿Qué puedo reclamar?
- ¿Requisitos para reclamar las lesiones?
- ¿Qué pasa si tengo parte de culpa en el accidente?
Hoy en día es cada vez más frecuente ver ciclistas por nuestras ciudades, lo que conlleva un mayor volumen de tráfico, que inevitablemente, se transforma en una mayor posibilidad de de que se produzcan accidentes.
Como bien sabéis, y así os lo hemos comentado en alguno de los artículos del blog, cuando tienes un accidente yendo en coche, puedes reclamar una serie de perjuicios, pero en aquellos casos en los que soy arrollado por un vehículo mientras voy en bicicleta, genera más dudas qué y cómo reclamar los perjuicios y lesiones sufridas.
Por medio de este artículo podemos arrojar un poco de luz sobre el tema:
¿Si he sufrido un accidente con la bicicleta que puedo reclamar?
- La indemnización por todas aquellas lesiones sufridas en el accidente: rasguños, esguinces, cuya cuantificación se realiza en función de los días necesarios para su curación.
- En el caso de que las lesiones nos dejen algún tipo de secuela funcional (relativo a la pérdida de movilidad o dolor al realizar determinado gesto), o bien tengamos algún tipo de secuela estética como cicatrices, podremos reclamar el perjuicio que las mismas suponen.
- También podemos reclamar los daños que se originen en el casco, ropa, bicicleta y cualquier otro perjuicio patrimonial sufrido como consecuencia del accidente.
- Los medicamentos necesarios para curar y tratar las lesiones sufridas.
- También podremos reclamar toda disminución y perjuicio económico que tengamos en nuestra nómina como consecuencia del periodo de baja que necesitemos para curarnos las lesiones.
¿Requisitos para reclamar las lesiones?
Tras sufrir un accidente, es imprescindible siguientes acudir a urgencias dentro de las 72 horas al accidente, este requisito es muy importante, ya que toda lesión derivada del accidente manifestada pasado este tiempo, no cumplirá con los requisitos de temporalidad y será difícil poder obtener una indemnización por las mismas.
¿Qué pasa si tengo parte de culpa en el accidente?
En el caso de que tengamos parte de culpa en el accidente, tanto en accidentes de vehículo a motor con otro, como siendo ciclista o siendo peatón, la Ley establece que como mínimo, recibiré el 25% de la indemnización que me corresponde cuando tenga parte de culpa en el siniestro.
Por último, en aras de evitar que un paseo en bicicleta se convierta en un problema por sufrir un atropello, es necesario que todos los usuarios de la vía pública circulen y actúen con precaución y respetando las señalizaciones de las vías públicas.
No obstante, lo anterior, si aún respetando el reglamento de circulación, tienes un accidente ya sea yendo en bicicleta, siendo peatón o yendo en coche, no dudes en contactar con nosotros para que te asesoremos y obtengamos la mayor indemnización posible por las lesiones sufridas.
Si sufres un accidente de bicicleta, no dudes en llamar a Trafic Abogados, te informaremos de como proceder para reclamar tu indemnización por accidente en bicicleta.